Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia ha abierto la puerta para que aplicaciones de transporte como Uber puedan operar en la ciudad de Córdoba, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos legales y administrativos.
La resolución judicial insta a la Municipalidad y al Concejo Deliberante a sentarse a debatir y regular esta actividad, un tema que ha generado controversia y malestar entre los permisionarios de taxis y remises, quienes consideran que la medida amenaza su sustento.
Requisitos para Uber
La justicia resolvió que Uber deberá cumplir una serie de requisitos excepcionales, subsidiarios y provisorios para poder operar en la ciudad de Córdoba.
Entre ellos figuran la inscripción vigente en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), en la Dirección General de Rentas (DGR) de la Provincia de Córdoba y en el registro de Comercio e Industria de la Municipalidad. También se exige la constitución de domicilio legal en la ciudad, la presentación del contrato social y del acta de designación de autoridades, el certificado de habilitación comercial, la póliza de seguro de responsabilidad civil y un medio electrónico de pago.
El fallo establece, además, la creación de un registro municipal específico para este tipo de aplicaciones. En ese marco, se fijan requisitos adicionales para los propietarios de vehículos vinculados a la plataforma, los choferes y los vehículos.
Requisitos para los conductores de Uber
Los titulares de los automóviles deberán acreditar:
- Inscripción ante ARCA (ex AFIP)
- Presentar certificados de antecedentes penales y del registro de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual.
- Contar con el título del automotor empadronado en la ciudad, con una antigüedad no mayor a 10 años.
- Seguro que cubra al vehículo, los pasajeros y el equipaje.
Además, el vehículo deberá cumplir con requisitos específicos:
- Tener inspección técnica vehicular (ITV) aprobada cada cuatro meses.
- Una capacidad máxima de hasta 7 pasajeros y una capacidad mínima de baúl para dos valijas medianas.
- Contar con aire acondicionado frío/calor
- Estar ploteados con el nombre del servicio y el logo de la aplicación.
En cuanto a los choferes, deberán presentar DNI, licencia de conducir habilitante conforme a la ordenanza 12.859 (carné profesional), alta temprana ante Arca, certificado de cobertura de una aseguradora de riesgos del trabajo (ART), y certificados de antecedentes penales y de registros oficiales como el de deudores alimentarios y el de delitos sexuales.
¿Sólo Uber esta aprobada?
El fallo del TSJ alcanza únicamente a Uber. No incluye a otras aplicaciones como Didi o Cabify, que también operan en Córdoba sin regulación clara.
Sin embargo, fuentes del municipio reconocen que será difícil mantener una diferenciación jurídica entre las plataformas una vez que Uber cumpla con las exigencias. Todo indica que las otras empresas deberán seguir el mismo camino si pretenden continuar operando bajo un marco legal.