Con fecha 12/12/2018 la Legislatura de la Provincia de Córdoba, sancionó la Ley 10.596 (publicada en el boletín oficial el día 28/12/2018).
Con sus 22 artículos, realiza fuertes modificaciones a la ley 7987 (Ley de Procedimiento Laboral de la Provincia de Córdoba).
¿Que cambia la reforma del fuero laboral?
Prevé la creación de cinco juzgados de Conciliación y del Trabajo para la ciudad de Córdoba, hoy la Capital cuenta con 10, y de tres para el interior (Villa María, Río Cuarto y San Francisco). Además, incorpora cambios procesales importantes, que apuntan a la celeridad de los procesos y a reducir los plazos de forma drástica: una sentencia de primera instancia debería bajar de los actuales tres años y medio a menos de un año.
¿Cuando entra en vigencia la reforma del fuero laboral en Córdoba?
Desde Julio de 2019, se implementarán dos nuevos procedimientos especiales, orales y abreviados: el procedimiento declarativo abreviado con audiencia pública y el procedimiento sumarísimo.
Según el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Angulo esta modificación se trata de una reforma procesal profunda, que facilita la aplicación de las leyes de fondo en materia laboral. El objetivo es reducir los plazos procesales, y se introducen varios cambios, como el establecimiento de plazos puntuales y fatales, y se impone también una mayor cercanía del magistrado con las partes, es decir, empleadores y trabajadores.
El ministro remarcó que la ley indica la obligación inexorable del juez de estar presente en la audiencia de conciliación, y que el establecimiento de la oralidad desde esa etapa inicial del proceso, más la imposición de los plazos fatales de resolución, garantizarán una pronta resolución de las causas.
Ese acortamiento de los plazos será muy notorio en las causas que queden resueltas en primera instancia. El objetivo es garantizar el derecho de defensa para aquellos tipos de juicios con alta verosimilitud en el reclamo y que no exigen un amplio debate ni mucho volumen de pruebas, por ejemplo, incumplimientos salariales, despidos sin causa o derivados de la Ley de Riesgo del Trabajo.
La Cámara va a intervenir como tribunal de sentencia en las causas de mayor complejidad.
Se espera que sus sentencias no demoren más allá de un año, siempre conservando las garantías del sistema oral, concentrado y abreviado, con pleno ejercicio del derecho de defensa.
La ley también establece que los nuevos tribunales trabajarán con un procedimiento laboral de carácter digital y despapelizado.