La Justicia ordenó al Instituto Galileo Galilei el pago de una indemnización de más de 6 millones de pesos en favor de una ex alumna que comenzó a sufrir epilepsia por el constante bullying (maltrato escolar) de algunos de sus compañeros de cuarto año de la secundaria.
La sentencia fue dictaminada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad balnearia y firmada por Ricardo Monterisi, Roberto Loustaunau y Alfredo Méndez quien resolvieron “incrementar el resarcimiento por incapacidad sobreviniente a un total $3.178.847,98 más los intereses que deben ser liquidados” y también reforzaron “el resarcimiento por daño moral a la suma de $3.199.999″. En total, la suma que deberá afrontar la institución supera los $6.378.846.
Palabras como “tragalibros” o “la estudiosa” como así también de “apartarla de grupos de WhatsApp” eran una constante en la discriminación escolar de la adolescente quien -según se citó en el fallo en palabra de las autoridades escolares- fue derivada para “hacer una terapia”. Según el expediente, la joven jamás tuvo contención psicológica por parte del colegio como así tampoco se puso en práctica el Acuerdo de Convivencia, incluyendo reflexiones intergrupales.
Es más, la ex alumna le entregó una carta a los directivos de la institución para que sea leída delante de sus compañeros, ante la desesperación por ser escuchada. En aquel escrito, presentados por uno de los jueces que participaron del caso, la joven informaba querer “recomponer la relación antes de emprender el viaje o la fiesta de egresados”. Desde el instituto, según la querella, “los directivos ni siquiera leyeron la carta”.
Los jueces resaltaron que la entidad educativa, en su calidad de responsable de la formación de los alumnos, debía tener conocimiento de las posibles consecuencias psicológicas y físicas que los estudiantes podrían sufrir a causa del acoso escolar.
Aunque en primera instancia la jueza redujo este porcentaje a la mitad, el tribunal superior decidió mantenerlo intacto y estimar incrementos futuros basados en la “probabilidad de progreso laboral de la demandante”.
La indemnización por daños y perjuicios de $3.178.847,98, a lo que se suma un 10%, alcanzó una cifra total de $3.496.842,78. Además, se estableció que la compañía de seguros, que inicialmente había rechazado toda responsabilidad en relación con el caso y la condición clínica que sustentaba la demanda, deberá responder de manera conjunta con el colegio demandado.
El tribunal concluyó que “la responsabilidad de la institución educativa abarca tanto el daño sufrido por la víctima como el causado por los alumnos durante la actividad escolar”. Por último, se fijó una suma de $3.199.999 para compensar el daño moral sufrido por la entonces adolescente, quien actualmente es mayor de edad.