Defensor del Pueblo de Córdoba, hacer un reclamo

Conocé el paso a paso para hacer una denuncia o reclamo ante el Defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba.

Comenzamos contando un poco qué es el Defensor del Pueblo, cual es su función y cómo actúa ante los reclamos de la sociedad.

El Defensor del Pueblo es una institución de rango constitucional consagrada por el art. 124 de la Constitución de la Provincia de Córdoba.

El Defensor del Pueblo es designado por la Legislatura Provincial. No depende del Gobierno, actúa con plena libertad de criterio, independencia y autonomía funcional. Su misión es la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución de la Provincia de Córdoba y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración pública provincial.

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba tiene 3 funciones básicas:

  • Supervisar la eficacia en la prestación de los servicios públicos provinciales.
  • Defender los derechos colectivos o difusos.
  • Velar por la correcta aplicación de las leyes por parte de la administración provincial.

 

Reclamos y Denuncias

¿Quién puede hacer un reclamo antes el Defensor del Pueblo?

Cualquier persona, grupo, asociación o sociedad, que se sienta perjudicada en sus derechos por actos, hechos u omisiones de algún organismo público, tiene derecho de realizar un reclamo en ese organismo que cometió la irregularidad.

Si pasado un tiempo prudencial, no ha recibido una respuesta satisfactoria, puede hacer un reclamo ante el Defensor del Pueblo.

¿Cómo presentar el reclamo?

El reclamo podrá ser presentado en forma personal o escrita en la sede del Defensor del Pueblo de Córdoba Capital o en la delegación o receptoría más cercana a su domicilio.

No existen formalidades, sólo se pide claridad en los datos personales y que acompañe, si los conserva, documentos o escritos que tengan relación con el problema o trámite ante el organismo involucrado.

¿Cómo actual el Defensor del Pueblo?

Una vez receptado el reclamo, el Defensor del Pueblo, con un equipo de colaboradores estudia el problema. Si el tema es de su competencia, inicia las gestiones que considere oportunas y necesarias ante los organismos que correspondan y mantendrá informado al ciudadano de todo lo que realice.

Si el Defensor del Pueblo no puede intervenir en el asunto, se lo comunicará inmediatamente y le sugerirá a qué organismos o instituciones puede dirigirse.

¿Dónde presentar el reclamo?

  • Personalmente
    Deán Funes 352. Córdoba Capital, de 8 a 18hs
  • Por Teléfono o Fax
    0800 777 0337
  • Vía postal
    Deán Funes 352 - C.P. 5000- Córdoba Capital
  • Correo electrónico
    defensordelpueblo@cba.gov.ar

 

¿Qué asuntos NO PUEDE atender el Defensor del Pueblo?

  • En aquellos conflictos que estén sometidos a jueces o tribunales, tengan o no sentencia judicial.
  • En conflictos entre particulares relacionados con cuestiones laborales, comerciales o familiares.
  • Cuando se denuncia un conflicto entre vecinos o particulares, el Defensor del Pueblo brinda un servicio de mediación comunitaria.
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